Los símbolos patrios nos dan identidad como mexicanos y en estas fiestas patrias nace el gusto por adornar casas, oficinas, edificios, calles, en fin; muchos espacios se visten de verde, blanco y rojo; sin embargo, ¿pueden multarte o incluso encarcelarte por usar símbolos patrios?
Antes que nada recordemos que los símbolos patrios son la Bandera, el Escudo y el Himno Nacional, y fue en 1968 cuando se creó la primera ley que regula y sanciona su uso.
Cada uno de estos símbolos deben ser tratados con respeto e incluso hay diversos actos de honores que deben rendirse. Así que si en estas fiestas patrias piensas usar la bandera nacional o reproducir el Himno Nacional, primero corrobora que su uso se apegue a la ley, la cual puedes revisar a detalle en este enlace Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales
¿Qué se considera un ultraje o mal uso de los símbolos patrios?
Básicamente la Ley protege a los símbolos patrios de actos indecorosos o de que sean usados para usos comerciales o con fines de lucro.
En el caso de los ciudadanos, un ejemplo de mal uso podría ser bailar el Himno Nacional, cambiarle el ritmo o la letra; usar la Bandera como vestimenta, “llevarla de fiesta”, usarla para realizar actos degradantes o que inciten al odio o violencia, entre otros.
De forma general la Ley indica que el Escudo no puede alterarse de ninguna forma y bajo ninguna circunstancia y que la población no puede usarlo; este solo es de uso exclusivo para documentos o actos oficiales de los poderes federales, estatales y municipales.
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Es decir, que no podrás usarla como un adorno en tu casa o en documentos particulares de ningún tipo.
Lo que sí está permitido usar es la Bandera Nacional para fachadas de casas, empresas, establecimientos, incluso puedes portarla en tu automóvil, eso sí, el trato debe ser pulcro y decoroso, como no traerla en mal estado o sucia, no permitir que se arrastre o dañe.
El Himno Nacional podrá entonarse pero sin ningún tipo de modificación en la letra o en la música, además de que deberá cantarse en posición de firmes y los hombres con la cabeza descubierta.
¿Qué sanciones hay para quien haga mal uso de los símbolos patrios?
De acuerdo con Código Penal Federal, en capítulo V “Ultrajes a las Insignias Nacionales”, en el Artículo 191 se especifica que “Al que ultraje el escudo de la República o el pabellón nacional, ya sea de palabra o de obra, se le aplicará de seis meses a cuatro años de prisión”.
Y en el Artículo 192, puntualiza “Al que haga uso indebido del Escudo, Insignia o Himno nacionales, se le aplicará de tres días a un año de prisión”.
En la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, en el Articulo 56 Quintus, indica, además, que a los infractores se les podrá imponer una o varias de las sanciones, las cuales pueden ir, dependiendo del caso, desde una simple amonestación o apercibimiento hasta la multa de hasta diez mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización al momento de cometerse la infracción.
También podrá recibir una multa adicional hasta diez mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización, por cada día que persista la infracción.
Es decir, que dependiendo de la gravedad, la multa podría alcanzar hasta el millón de pesos y cárcel de hasta cuatro años.
Así que toma esto en consideración a la hora de festejar esta noche mexicana y honra los símbolos nacionales.