/ miércoles 12 de julio de 2023

Aerolíneas deberán pagar el 25% del boleto a quienes pierdan su lugar por sobreventa

Conoce las nuevas disposiciones anunciadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anunció nuevas disposiciones de la Ley de Aviación Civil que regulan la responsabilidad de las aerolíneas comerciales.

A través de su cuenta de Twitter, la primera sala de la SCJN publicó un comunicado, donde establece dichas disposiones que se centran en relación con la pérdida de un vuelo de conexión ocasionado por la sobreventa del vuelo.

Lee también: ¿Por qué las aerolíneas venden más boletos que los asientos que tienen?

Ahora las aerolíneas tendrán la obligación de indemnizar a los pasajeros que se les niegue el abordaje a causa de la sobreventa de vuelos y continuación te explicamos las opciones que las aerolíneas deberán ofrecerte si este fuera tu caso.

¿Qué pasa si pierdo mi pasaje por sobreventa del vuelo?

La primera sala advirtió, que conforme a su artículo 52, en el caso de que se hayan expedido los boletos en exceso a la capacidad disponible de la aeronave y se tenga por consecuencia la sobreventa del vuelo, las aerolíneas tienen el deber de proporcionar a elección del pasajero, alguna de las siguientes opciones:

  • El reintegro de su pasaje.
  • El transporte en el primer vuelo disponible, además de coberura de alimentos y hopspedaje a cargo de la aerolínea durante su tiempo de espera.
  • La reprogramación de su vuelo en una fecha que convenga al pasajero.

Si el pasajero elige el reintegro de su pasaje, el transporte en el primer vuelo disponible o la reporgramación de su vuelo, la aerolínea deberá otorgar una indemnización de por lo menos el 25% del valor del boleto.

¿En cuánto tiempo realizan las indemnizaciones?

Las compensaciones o indemnizaciones deberán pagarse en un máximo de 10 días naturales posteriores a la reclamación, mientras que los alimentos, bebidas y hospedajes tendrán que cubrirse en el momento de la demora.

➡️ Suscríbete a nuestro Newsletter y recibe las notas más relevantes en tu correo

Recuerda también que en retrasos, demoras y cancelaciones, tú como pasajero en espera, deberás tener acceso a llamadas telefónicas y correos electrónicos para poder comunicarte si así lo requieres.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anunció nuevas disposiciones de la Ley de Aviación Civil que regulan la responsabilidad de las aerolíneas comerciales.

A través de su cuenta de Twitter, la primera sala de la SCJN publicó un comunicado, donde establece dichas disposiones que se centran en relación con la pérdida de un vuelo de conexión ocasionado por la sobreventa del vuelo.

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Ahora las aerolíneas tendrán la obligación de indemnizar a los pasajeros que se les niegue el abordaje a causa de la sobreventa de vuelos y continuación te explicamos las opciones que las aerolíneas deberán ofrecerte si este fuera tu caso.

¿Qué pasa si pierdo mi pasaje por sobreventa del vuelo?

La primera sala advirtió, que conforme a su artículo 52, en el caso de que se hayan expedido los boletos en exceso a la capacidad disponible de la aeronave y se tenga por consecuencia la sobreventa del vuelo, las aerolíneas tienen el deber de proporcionar a elección del pasajero, alguna de las siguientes opciones:

  • El reintegro de su pasaje.
  • El transporte en el primer vuelo disponible, además de coberura de alimentos y hopspedaje a cargo de la aerolínea durante su tiempo de espera.
  • La reprogramación de su vuelo en una fecha que convenga al pasajero.

Si el pasajero elige el reintegro de su pasaje, el transporte en el primer vuelo disponible o la reporgramación de su vuelo, la aerolínea deberá otorgar una indemnización de por lo menos el 25% del valor del boleto.

¿En cuánto tiempo realizan las indemnizaciones?

Las compensaciones o indemnizaciones deberán pagarse en un máximo de 10 días naturales posteriores a la reclamación, mientras que los alimentos, bebidas y hospedajes tendrán que cubrirse en el momento de la demora.

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