Córdoba, Ver.- La Síndica Única, Vania López González, afirmó qué aceptarán en todos sus términos la recomendación que la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió al Presidente Municipal Juan Martínez Flores por una presunta agresión contra personas migrantes, atribuidas a cuatro elementos de la policía municipal.
Expuso que son las áreas Jurídicas y Contraloría, quienes se encargarán de dar respuesta puntual a la recomendación de la CNDH, respecto a la policía municipal.
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La representante legal destacó que no se tolerarán abusos contra la ciudadanía, “hoy se trabaja con valores, respeto a los derechos humanos, enfoque humanista”.
Se han realizado capacitaciones a elementos de la Policía Municipal
López González destacó que en el actual gobierno se ha brindando capacitación en materia de Derechos Humanos a los elementos de la policía municipal y también inspectores de comercio, toda vez que el alcalde ha conminado al personal de la administración pública municipal a servir con enfoque humanista y con sensibilidad.
La representante legal del Ayuntamiento reiteró que ningún funcionario público del gobierno municipal está por encima de la ley.
El asunto es por el caso de un policía municipal, quien incurrió en uso ilegítimo y desproporcionado de la fuerza al accionar su arma de fuego para detener un vehículo que transportaba a personas migrantes y lesionar a una mujer de nacionalidad cubana, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 94/2023 a la Presidencia Municipal de Córdoba, Veracruz.
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¿Cuándo y cómo ocurrió el abuso policial?
El 11 de octubre de 2022 varios medios de comunicación publicaron que elementos de la Guardia Nacional y de la policía local efectuaron la persecución de una camioneta que transportaba a personas migrantes en el municipio de Córdoba, misma que terminó con una mujer lesionada por disparo de arma de fuego y el aseguramiento de 28 personas en contexto de movilidad, por lo que este organismo nacional inició un expediente de queja para investigar el caso.
Los datos recabados por personal de la CNDH permitieron acreditar violaciones a los derechos humanos a la integridad y seguridad personal de cinco víctimas quienes, en compañía de otras personas migrantes, viajaban en una camioneta por el citado municipio cuando fueron detectadas por personal de la Guardia Nacional quienes les marcaron el alto. Al percatarse de dicha situación, el conductor de la camioneta aceleró la marcha por lo que los oficiales federales solicitaron el apoyo de otras corporaciones policiales para darle alcance. Minutos más tarde, se sumaron a la persecución elementos de la Policía Municipal de Córdoba a bordo de una patrulla y uno de ellos accionó su arma de fuego, en varias ocasiones, en contra del vehículo en cuestión, lesionando a una mujer migrante de nacionalidad cubana.
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Aun cuando el agente policiaco argumentó que usó su arma, supuestamente, para repelar una agresión, la Comisión Nacional determinó que dicha situación no pudo ser comprobada y, en cambio, incurrió en uso legítimo y desproporcional de la fuerza, al no emplear acciones menos lesivas para detener el desplazamiento de la camioneta en la que viajaban las personas migrantes. Si bien es cierto que el conductor opuso resistencia pasiva a la orden de detener la camioneta -limitándose a huir de los elementos de seguridad-, en ningún momento realizó acción alguna que empleara violencia, amago o amenaza para causar lesiones graves o la muerte a los efectivos policiacos.
Ante esta situación, la Presidencia Municipal de Córdoba, Veracruz, deberá inscribir a las cinco personas afectadas en el Registro Estatal de Víctimas para que puedan tramitar la reparación integral del daño y el otorgamiento de una medida de compensación fijada por la ley; además de proporcionarles atención médica y psicológica que necesiten.
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De igual forma, deberá designar a una persona servidora pública para dar seguimiento al cumplimiento de la Recomendación; capacitar a los elementos de la Dirección de Protección Ciudadana y Movilidad de Córdoba en materia de derechos humanos, uso legítimo de la fuerza y principios que rigen el uso de la misma y emitir una circular en la que se instruya al personal del Departamento de Seguridad Pública a cumplir cabalmente con dichos principios, a fin de que no se repitan hechos de esta magnitud.