Mobbing o acoso laboral, ¿cómo enfrentarlo?

Desde la Ley Federal del Trabajo hasta la Comisión Nacional de Derechos Humanos te protegen

Arantxa Arcos | El Sol de Córdoba

  · lunes 6 de junio de 2022

Foto: Pixabay

El estrés o presión diaria de un trabajo puede generar en los empleados situaciones como el Mobbing, mejor conocido como el acoso laboral.

¿Qué es el acoso laboral?

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo en México, en el artículo 3 Bis se refiere al hostigamiento y agrega otros elementos como; el tipo vertical que es descendiente en el ámbito laboral y el tipo que expresa conductas verbales, físicas o ambas.

Para la Comisión Nacional de Derechos Humanos, el acoso moral incluye un trato objetivamente humillante, que afecta la integridad moral y que causa un perjuicio moral.


Para detectarlas, la CNDH refiere que esas conductas se hayan presentado sistemáticamente, es decir, a partir de una serie de actos o comportamientos hostiles, pues un acto aislado no puede constituir acoso.

Aunque es necesario analizar cada caso, en las regulaciones de Canadá, Colombia y Francia un solo acto puede constituir acoso laboral atendiendo a la gravedad del mismo y/o al daño causado.

¿Cuáles son las red flag del acoso laboral?

El acoso laboral o Mobbing genera estrés, ansiedad, depresión, frustración, impotencia, insomnio, fatiga, disminución de la autoestima, humillación, cambios en el comportamiento, aislamiento, deterioro de las relaciones sociales, enfermedades físicas y mentales, úlcera, suicidio, hábitos adictivos, entre otras.

Algunas situaciones diarias comunes que poco dejarás pasar son;

· Injusticias; bajo o nulo reconocimiento, sin permisos importantes ocasionales, constantes amenazas de despido, reconocimiento de tu trabajo lo recibe otra personas.

· Descalificar; culpar por faltas que otros cometieron, ponerle trabas (no pasar recados, dar información incorrecta, etc), sembrar dudas sobre el trabajo u otra situación, así como enviar correos electrónicos o mensajes internos con calumnias sobre el trabajo de algún compañero o persona.

· Abuso de autoridad; actuar hostilmente con sus subordinados, gritas o dar malos tratos, menospreciar, darse el crédito por el trabajo de un subalterno y sembrar miedo.

· Ignorarte; el resto del equipo lo nulifica, sus ideas son descartadas sin analizarse, no le permiten expresarse o existe un rechazo constante.

· Violencia sexual; insinuaciones de jefes o compañeros de trabajo, miradas lascivas o inapropiadas y condicionar situaciones laborales a cambio de favores sexuales.

· Burlarse; puede ser a sus espaldas o directas (la persona no está de acuerdo), se crea un triángulo de acoso entre las víctimas, el espectador y el agresor.

· Violencia física; ataques físicos por diferencias de opinión o intereses particulares, así como también despertar la agresión de la víctima.

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¿Cómo denuncio un acoso laboral?

Conforme a los artículos 47,51, 133 y 994 fracción VI de la Ley Federal del Trabajo, el acoso laboral lo puedes denunciar en México por la existencia de leyes específicas de protección a las y los trabajadores.

En algunas ocasiones genera rescisión de la relación laboral al o la agresora, así como multas al patrón en caso de realizarse un acto de discriminación.

Si eres mujer y experimentas esta situación existe el numeral 14, fracciona I de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

También, la situación de acoso laboral puede llegar hasta un agente del Ministerio Público en la entidad, pues ese ente tendrá la facultad de investigar los hechos que implican un delito con motivo del acoso laboral y, con fundamento en el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la correspondiente del estado, realizará una acción penal donde hasta alcanzarías la reparación del daño.

En caso no acudir a denunciar por la vía jurisdiccional, existen órganos internos de control u organismos públicos defensores y protectores de los derechos humanos como la Comisión Estatal de Derechos Humanos de tu estado.