Córdoba, Ver.-Recomiendan abogados a empresarios realizar el pago de aguinaldos a sus trabajadores en tiempo y forma, pues así evitarán conflictos y demandas.
El abogado especialista en asuntos laborales, José Luis Figueiras Hernández, mencionó que conforme al artículo 83 de la Ley Federal del Trabajo es un derecho que tienen los trabajadores recibir el aguinaldo correspondiente antes del 20 de diciembre, por lo menos un monto de 15 días por año fiscal.
En dado caso de tener menos tiempo de un año laboral, se deberá de pagar la parte proporcional, es decir, si una personas trabajo seis meses, le van a tocar 7 días y medio que es la parte proporcional.
Mencionó que existen acuerdos entre patrones y sus trabajadores donde por convenios fuera de ley, toman la resolución de diferir el pago total del aguinaldo, “cuando hay incumplimiento del pago de esta prestación el trabajador puede acudir a la vía jurisdiccional, en este caso, a las juntas local de conciliación y arbitraje para que allí los asesoren y les digan como demandar en su caso el pago de esta prestación”.
Ante el cuestionamiento de, si los trabajadores pueden realizar una denuncia por incumplimiento del pago de los aguinaldos, el abogado afirmo está cuestión, pero muchas veces los trabajadores no denuncian por miedo o repercusiones laborales, sin embargo, esto es un derecho que debe de ejercerse.
“Los patrones tienen derechos dentro de la ley al igual que obligaciones, a veces por situaciones posiblemente económicas o financieras no se puede pagar exacto e la fecha de ley yo creo lo correcto es que se paguen en un plazo que no sea mayor a una semana o hasta 15 días con algunos trabajadores”.
Para evitar conflictos o demandas, que pueden llevar días y en estas se invierte dinero, lo recomendable es realizar el pago de este derecho en tiempo y forma.