Córdoba, Ver.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que con el fin de que los contribuyentes que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico) puedan cumplir con sus obligaciones fiscales se amplia el plazo al 2 de octubre del presente año señala Arturo Lázaro Aguilar, encargado de la Administración Desconocentrada de Servicios al Contribuyente de Veracruz.
Con ello, contarán con la e firma activa, tener activo el buzón tributario y podrán emitir facturas electrónicas con la aplicaciones "Factura Fácil" y "Mi nomina" de "Mis cuentas".
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Explica en entrevista para El Sol de Córdoba que este régimen es para contribuyentes con ingresos hasta de 3.5 millones de pesos, la tasa de Impuestos Sobre la Renta (ISR) es de 1 por ciento hasta 2.5 por ciento.
Agrega que pueden acceder a dicho beneficio los contribuyentes que realizan las siguientes actividades: empresariales y profesionales, talleres mecánicos, imprentas, restaurantes, cafeterías, cocinas económicas, cantinas, bares, tiendas de abarrotes, misceláneas, escuelas, guarderías, ferreterías, refaccionarias, contadores, abogados, médicos, odontólogos, arrendamiento de departamentos casas y locales así como actividades agrícolas ganaderas, silvicolas y pesqueras.
El entrevistado menciona que adicionalmente pueden obtener ingresos por salarios e intereses siempre que la totalidad de los ingresos no supere el monto de los 3.5 millones de pesos al año.
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"Estamos invitando a los contribuyentes que se encuentran tributando en este régimen simplificado de confianza para que puedan regularizarse y seguir tributando en este régimen y tener los beneficios, comenta Arturo Lázaro Aguilar encargado de la Administración Desconcentrada de Servicios al acontribuyente del SAT en la delegación Veracruz.
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Reitera que la campaña del SAT se extiende hasta el 2 de Octubre para que las personas físicas regularicen su situación fiscal de ser necesario y puedan seguir tributando bajo el Resico ya que si existe alguna anomalía quedarán fuera del esquema.
¿Cuánto entró en vigor el Resico?
Finalmente recuerda que el Resico entró en vigor el 1 de enero del 2022 y fue creado para aquellas personas morales cuyos ingresos en el año no rebasan los 35 millones de pesos y en el caso de personas físicas que realicen una actividad empresarial que arrenden un bien inmueble, que tenga alguna actividad de agricultura, ganadera o silvicultura que no rebase los 3.5 millones de pesos de ingresos.