El manejar en estado de ebriedad o bajo el efecto de alguna droga puede ser causa para recibir una infracción de casi 12 mil pesos, de acuerdo con autoridades de Tránsito Estatal.
Además, señalan que en esta temporada de fin de año es común que haya conductores alcoholizados o en estado inconveniente, lo que suele aumentar la posibilidad de accidentes automovilísticos.
- Puedes leer también: Falta de cultura vial, una de las razones por las que se registran accidentes: Silvio García
Otras faltas comunes suelen ser conducir sin licencia o con licencia vencida, no respetar pasos peatonales, rebasar en curva o con línea continua y manejar en sentido contrario, entre otras. Las sanciones para estas faltas van desde amonestaciones verbales hasta multas de 115 Unidades de Medida y Actualización (UMA). De acuerdo con el INEGI, la UMA tiene un valor de 103.74 pesos en este año.
De acuerdo con el Tabulador de Infracciones, que puede descargarse desde la página digital dando clic al siguiente enlace TABULADOR MULTAS, también se establecen arrestos de 12 a 36 horas, para los casos que lo ameriten, como el hecho de insultar a oficiales de vialidad.
Manejar alcoholizado, falta muy grave
El tabulador se basa en la Ley de Tránsito y Seguridad Vial del Estado y establece las sanciones más altas para aquellos automovilistas que son sorprendidos en estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes u otras sustancias tóxicas o psicotrópicas, pues se considera como una falta muy grave que se sanciona con 80 o 115 UMAS (de 8 mil 299 a 11 mil 930 pesos), en caso de que haya agravantes.
Además, la misma sanción se aplica para aquellos conductores que bajo esas condiciones causen daños.
También establece que el conducir en las vías públicas "habiendo ingerido bebidas alcohólicas y dar positivo en el resultado en el control o test de alcoholemia superando el 0.80 en la sangre o aire respirado", es una falta muy grave con una sanción también de 80 a 115 UMAS (de 8 mil 299 a 11 mil 930 pesos).
En caso de causar accidente con personas lesionadas, se considera una falta muy grave que se sanciona con 31 y hasta 40 UMAS (de 3 mil 215 pesos a 4 mil 149 pesos).
El abandonar el lugar de los hechos es una clasificación grave, con una sanción de 16 UMAS (mil 659.84 pesos) y de 30 (3 mil 112 pesos) en caso de que tenga agravantes.
Mover un vehículo accidentado se considera como una falta grave que amerita una sanción de 16 a 30 UMAS (de mil 659.84 a 3 mil 112 pesos). El no buscar auxilio para personas accidentadas se clasifica como muy grave y se sanciona con 31 y hasta 40 UMAS (de 3 mil 215 pesos a 4 mil 149 pesos).
Sanciones por rebasar en curva
El tabulador oficial también señala que el adelantar o rebasar en curva es una falta muy grave, con una sanción de 31 a 40 UMAS (de 3 mil 215 pesos a 4 mil 149 pesos). Lo mismo aplica para quienes adelanten o rebasen, a pesar de que haya una raya longitudinal continua.
Adelantar o rebasar vehículos con tránsito en sentido opuesto es una falta grave y la sanción va de las 16 a las 30 UMAS (de mil 659.84 a 3 mil 112 pesos).
Además, adelantar o rebasar un vehículo en zona de peatones o intersecciones es una falta muy grave, con una sanción de 31 a 40 UMAS (de 3 mil 215 pesos a 4 mil 149 pesos). Lo mismo aplica para quienes circulen en sentido contrario.
Conducir vehículos utilizando audífonos es una falta muy grave y se aplica la misma sanción.
Dar vuelta en "U" en lugar prohibido es una falta grave que se sanciona con 16 y hasta 30 UMAS.
El detenerse por curiosidad a observar un accidente sobre el arroyo vehicular es una falta grave y la sanción va de las 16 a las 30 UMAS (de mil 659.84 a 3 mil 112 pesos).
El entablar competencia de velocidad sin autorización de la Dirección General de Tránsito y Seguridad Vial es una falta muy grave, con una sanción de 31 a 40 UMAS (de 3 mil 215 pesos a 4 mil 149 pesos).
Manejar sin licencia o permiso
Manejar con licencia cancelada definitivamente o suspendida es una clasificación grave, que amerita una sanción de 16 a 30 UMAS (de mil 659.84 a 3 mil 112 pesos).
En caso de que el conductor sea menor de edad y no tenga permiso para conducir, se clasifica como leve con una sanción de 5 a 15 UMAS (de 518.7 a mil 556 pesos), en caso de que tenga agravante.
Circular con las luces apagadas cuando por cualquier razón se reduzca la visibilidad por factores naturales, ambientales o a causa de la estructura vial es una sanción leve de 5 a 15 UMAS.
Detener el vehículo sobre los pasos peatonales es una falta grave con una sanción de 16 a 30 UMAS (de mil 659.84 a 3 mil 112 pesos), así como el estacionarse a menos de 15 metros de una intersección.
Invadir isletas, marcas de aproximación o las áreas reservadas se sanciona con 16 y hasta 30 UMAS (de mil 659.84 a 3 mil 112 pesos).
Sanciones por no ceder paso a vehículos de emergencia
El no ceder el paso a vehículos de emergencia es una clasificación grave, con una sanción de 16 a 30 UMAS (de mil 659.84 a 3 mil 112 pesos).
Mientras tanto, el no permitir el paso a vehículos procedentes de su derecha es una falta muy grave con una sanción de 31 a 40 UMAS (de 3 mil 215 pesos a 4 mil 149 pesos) y en caso de que no se ceda el paso a vehículos con preferencia de semáforo es una falta también muy grave; se aplica la misma sanción.
El no disminuir la velocidad en presencia o concentración de peatones que es muy grave con una sanción de 31 a 40 UMAS (de 3 mil 215 pesos a 4 mil 149 pesos).
Las autoridades de vialidad exhortan a los automovilistas a manejar con mucha responsabilidad y obedecer el reglamento de Tránsito para evitar accidentes y no hacerse acreedor a alguna de esas sanciones.
Además, en estas fechas de fin de año, dicen que lo mejor es evitar el consumo de alcohol o consumir con moderación, tras precisar que la combinación de alcohol y volante puede ser mortal.
Nota publicada originalmente en Diario de Xalapa